Normativa de Convalidación

Dar validez a un reposo médico expedido por un médico externo a la Institución.

Toda certificación, informe o constancia médica que se entregue en el Departamento de Salud deberá tener:

      1. Membrete de la institución que emita el documento.
      2. Si es una institución pública deberá tener el sello húmedo de dicha institución, incluyendo los que vengan de la Misión Barrio Adentro.
      3. Datos completos del médico tratante:
        1. Nombre legible del médico.
        2. Número de registro sanitario.
        3. Número de cédula de identidad.
        4. Sello húmedo del médico.
      4. La constancia, certificación o informe médico deberá tener:
        1. Diagnóstico legible.
        2. Número de días de reposo.
        3. Inicio y final del reposo.
        4. Si el reposo es por más de 15 días, el médico tratante deberá incluir el pronóstico de la patología encontrada.
        5. Deberá ser un especialista en el área de la patología encontrada (Ejemplo: Diarrea aguda, un gastroenterólogo o internista).
      5. Si la constancia es de una institución privada, anexar factura por la consulta realizada.
      6. No se aceptarán constancias por consultas electivas realizadas el día de la evaluación parcial, ni constancias por la realización de exámenes de laboratorio electivos, que coincidan con el día del examen pautado por la institución académica.
      7. Serán tres días hábiles para tramitar los reposos emitidos en el Área Metropolitana y 5 días para los emitidos en el interior del país.
      8. Para este trámite, el horario establecido por el Departamento de Salud es de lunes a viernes, de 8:30 am a 11:30 am.